La Cruz Santa, 5 de febrero de 2012
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A la atención de los propietarios de los guachinches.

Estimados señores,

El pasado día 26 de Octubre de 2009, el Consejo de Gobierno del Cabildo Insular aprobó las líneas de la regulación a la que deben someterse los guachinches a partir de ahora.

Definen los guachinches como “comercio de venta de vinos de cosecha propia, al menor, temporal e inocuo” y como tal, cede las competencias directamente a los ayuntamientos correspondientes.

El contenido de la regulación comprende:

• El vino a comercializar debe contar con los Registros de Industrias Agrarias y Registro Embotellador a nombre del titular de la solicitud de “comercio de venta de vino de cosecha propia, al menor, temporal e inocuo”. En caso de no disponer de alguno de estos registros, puede tramitarlos a través de Asviten. La titularidad del vino deberá acreditarse además con la correspondiente Declaración de Cosecha , que se tramita en los Consejos Reguladores, o en las oficinas de Extensión Agraria, para los viticultores no registrados en los Consejos; del 2 de noviembre al 4 de diciembre.

•  El personal del guachinche deberá tener el curso de Manipulador de Alimentos o Manipulador de Alimentos en Bodega.

•  Se estima que el periodo de apertura del guachinche no deberá superar el plazo consecutivo de tres meses.

•  Se deben realizar controles de calidad al vino a comercializar. Se pueden realizar en Asviten o en las oficinas de Extensión Agraria.

•  Solo se podrán servir 3 platos diferentes (excluyendo los frutos secos)

•  No se pueden servir: Postres de ningún tipo, Fruta, Refrescos, todo tipo de bebidas, salvo el propio vino y agua embotellada, Café e infusiones, Tabaco, Helados,

•  Durante el tiempo que esté abierto el guachinche, el titular deberá estar dado de alta en la seguridad social , preferiblemente en régimen agrario, y en hacienda .

•  Tendrán que tener expuesta al público la lista de precios y los platos del día, además de entregar a los clientes la cuenta en papel.

•  La solicitud de licencia de apertura para el guachinche, se presentará por el interesado en el Ayuntamiento del término municipal donde se vaya a ejercer la actividad, de acuerdo con un modelo tipo a confeccionar por el Ayuntamiento, que debe ir acompañado de un certificado expedido por el técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Profesional, fotocopia compulsada de los Registros de Industrias Agrarias y Embotellador, Carné de Manipulador de Alimentos y Declaración de Cosecha.

Les recordamos que en Asviten estamos a su disposición para cualquier duda que les surja respecto a los guachinches, continuando con nuestro asesoramiento en finca y en bodega y les recordamos también que pueden adquirir en nuestra tienda los carteles identificativos de los guachinches “Se Vende Vino”.
 
 
 
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